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Desafíos y oportunidades en el comercio internacional para PYMEs y ejecutivos españoles - , Apuntes de Farmacia

Una visión general del panorama actual del comercio internacional español y las desafios que enfrentan los pequeños y medianos empresarios y ejecutivos españoles al expandirse a nivel internacional. El texto aborda la falta de experiencia y tradición en el sector, la necesidad de internacionalizar la empresa española y el papel clave de una política clara de exportación o importación. Además, se detalla el proceso de las operaciones de comercio exterior, incluyendo las etapas de preparación, operaciones invisibles y los medios de pago documentarios. Finalmente, se analiza el perfil de las empresas exportadoras y sus ventajas.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 01/09/2014

jairo56
jairo56 🇪🇸

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¡Descarga Desafíos y oportunidades en el comercio internacional para PYMEs y ejecutivos españoles - y más Apuntes en PDF de Farmacia solo en Docsity! 410370401 CURSOFORUM © MÓDULO 1 1Unidaddidáctica Introducción El Comercio Exterior y la Empresa El dinamismo manifestado por las exportaciones constituye uno de los rasgos más sobresalientes de la evolución de la economía espa- ñola desde el ingreso de nuestro país en la Comunidad Económica Eu- ropea. El proceso de apertura iniciado a comienzos de los 60 permitió, pese a su tono cauteloso y vacilante, que la andadura más reciente de la economía española encontrase un sólido soporte en su sector exterior, con especial referencia a las exportaciones de mercancías. Las ventas al exterior se han conformado como una variable estratégica para el pro- ceso de crecimiento de una economía, como la española, recientemente vinculada a los mercados internacionales. Ante este panorama, el pequeño y mediano empresario y gran parte de los ejecutivos de alto nivel, no encuentran fácilmente su po- sición en el juego del comercio internacional, para afrontar con segu- ridad la aventura exportadora. Las actuales circunstancias del comercio internacional español, que indudablemente ha manifestado un ritmo de crecimiento rápido, siguen denotando dos aspectos: l.- Falta de experiencia y tradición, aunque el potencial exportador es alto. 2.- El porcentaje de la exportación en el producto interior bruto es bajo, con un peso relativo inferior respecto a la media del resto de los países miembros de las Comunidades Europeas. Consecuentemente, España se encuentra en una posición actual relativamente débil, ante una coyuntura internacional nada positiva para realizar el salto cuantitativo y cualitativo que necesita la exportación del país. No obstante, el mercado internacional es mucho más amplio y rico en posibilidades que el mercado nacional, que se reduce cada día, por lo que se hace imprescindible diversificar riesgos abriendo nuevos mercados. Para mayor abundamiento, una parte del mercado interior, como estamos apreciando diariamente, está siendo captado por empre- sas instaladas en otros países de la U.E. Es necesario, por tanto, la "in- ternacionalización de la empresa española". 42 0370401 CURSOFORUM © Los empresarios y ejecutivos españoles tienen pues, un gran reto por delante, puesto que desde 1992 la práctica totalidad de los arance- les a la importación han desaparecido. En esa misma fecha quedó liberalizado el ejercicio de todas las profesiones en el ámbito de la U.E., por lo que los profesionales deben inexorablemente formarse y actualizarse, para seguir estando en «mer- cado». Dentro del contexto internacional, tras la crisis económica mun- dial de los años 2000 a 2003, en los últimos años se ha producido el retorno a la senda de crecimiento del comercio internacional, con la recuperación tanto de los flujos comerciales como de inversión directa. Por otra parte, el proceso de globalización económica es fruto no solo de los intercambios de bienes sino también de servicios entre los dife- rentes países. El proceso de globalización es la consecuencia de una serie de factores políticos (acuerdos multilaterales de la OMC y proce- sos de integración económica: UE, MERCOSUR, etc.), financieros (in- terconexión de los mercados financieros), económicos (la fabricación tiende a concentrarse en los lugares con mayor productividad, por otra parte la mejora de las comunicaciones ha abaratado los costes de trans- porte) y tecnológicos (los avances tecnológicos obligan a aumentar el tamaño mínimo de las empresas si quieren sobrevivir en los mercados competitivos). En este contexto de crecimiento general no podemos dejar de advertir determinados peligros, como son el alto precio del petróleo, el elevado déficit de la economía estadounidense y los escasos avances de las negociaciones de la Organización Mundial de Comercio para per- mitir el acceso de las economías menos desarrolladas al comercio inter- nacional en condiciones mas favorables. Por su parte, el sector exterior español presenta un déficit crónico en su balanza comercial, lo que quiere decir que importamos más de lo que exportamos, tanto en volumen como en valor. 450370401 CURSOFORUM © - Una mayor duración del ciclo de vida de aquellos productos del mercado doméstico próximos a su obsolescencia. - Una mejora de la capacidad de respuesta de la empresa ante la presencia de nuevos competidores. - El crecimiento y expansión de la empresa en general. Por otra parte, existen una serie de ventajas para una empresa, gracias al comercio de importación: - El acceso a un mayor mercado suministrador de inputs y servi- cios para la producción. - La posibilidad de comercializar en el mercado español pro- ductos de empresas extranjeras, optimizando la propia familia de productos y mejorando la rentabilidad de la distribución. Operaciones de comercio exterior. Fases y tipos En toda operación de comercio internacional se siguen las siguien- tes etapas: 1.- La preparación; circunstancias que condicionan la opera- ción. 2.- La contratación; exportador e importador acuerdan la com- praventa. 3.- La ejecución; transporte, entrega y pago. 46 0370401 CURSOFORUM © Gráficamente se puede apreciar. Las operaciones de comercio exterior convencionales, esto es, de importación-exportación podemos clasificarlas en: A) Visibles / invisibles. Operaciones visibles. Son medibles en peso, volumen, cantidad o unidades. Determinan después un pago o una compensación. Operaciones invisibles. Su producto no es tangible, ni medible, ni pesable, pero también determinan un pago. Pueden ser pagos por comisiones, royaltis, etc. Tiempo de Compraventa Transportes Riesgos / Seguros Embalajes Requisitos de las partes Plazos de entrega Modo y condiciones de pago INCOTERM a usar Aduanas Transaciones Exteriores Formato del contrato Arbitraje Diversas circunstancias particulares de ambas VENDEDOR Y COMPRADOR NEGOCIAN Y ACUERDAN LA COMPRAVENTA ¿Qué tener en cuenta? Producción finanzas ¿Por qué? Jurídicos Administración del Estado Cláusulas Jurisdición COFIRMACIÓN DEL MEDIO DE PAGO EJECUCIÓN (TRANSPORTE Y ENTREGA) COBRO FABRICACIÓN O ACOPIO 470370401 CURSOFORUM © B) Directas / indirectas Operaciones directas. Se realizan directamente desde la empresa productora o exportadora a la empresa importadora, sin pasar por ningún tipo de agentes o empresas intermediarias. Operaciones indirectas. En la realización de estas opera- ciones se emplean agentes o compañías intermediarias. C) En firme / En consignación Operaciones en firme. Son aquéllas en que está perfec- tamente determinada la mercadería, el plazo de entrega y las condiciones de pago. Operaciones en consignación. Son aquéllas en las que el producto se paga cuando lo vende el importador. El importador hace la labor de introducción del producto en el mercado y a su vez recibe la ventaja de no pagar al principio, sino que pagará una vez que lo haya colocado (plazo que debe ser especificado en el contrato). Tipos de contrato en consignación: - En firme o a precio fijo: al importador se le fija un precio y un período de venta. - De mejor precio: el vendedor tiene opción para vender el producto cuando mejor esté el mercado. - Con participación en beneficios: a partir de un precio, se le añade un porcentaje en beneficios al vendedor. - Al mínimo garantizado: se trata de garantizar el mínimo de los costes. Es una labor de promoción. D) Temporales / en tránsito / triangulares Operación temporal. Consiste en la exportación de cualquier tipo de producto por un período fijo a otro territorio aduanero, al cabo del cual debe volver al territorio de origen sin haber variado de volumen, peso, cantidad, etc. 50 0370401 CURSOFORUM © Por contra, la condición de no residente en España se acredita de uno de los siguientes modos: l) Las personas físicas extranjeras, mediante certificación nega- tiva de residencia expedida por el Ministerio del Interior con antelación máxima de dos meses. 2) Las personas físicas con nacionalidad española, mediante cer- tificación del consulado español, expedido con una antelación máxima de dos meses, que acredite su inscripción en el Regis- tro de Matrícula del Consulado o Sección Consular de la Em- bajada correspondiente. 3) Las personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, mediante documento fehaciente que acredite su naturaleza y domicilio. 4) Las sucursales y establecimientos en el extranjero de personas jurídicas españolas o de personas físicas residentes en España, que acrediten hallarse constituidos en el país de que se trate me- diante certificación del Cónsul español correspondiente. 5) El personal diplomático español acreditado en el extranjero y el personal español no diplomático que preste sus servicios en Embajadas y Consulados españoles, así como en organismos internacionales, mediante pasaporte diplomático o certificación de la Autoridad Competente de la organización co- rrespondiente, en los que conste tal condición. 6) Los diplomáticos extranjeros acreditados en España y el per- sonal extranjero que preste sus servicios en Embajadas y Con- sulados extranjeros o en Organizaciones Internacionales en Es- paña, mediante la tarjeta de identidad expedida por el Ministe- rio de Asuntos Exteriores. Los cobros y pagos entre residentes y no residentes En este epígrafe destacaremos los siguientes aspectos: 1.- Legislación. Los cobros y pagos entre residentes y no resi- dentes, tanto si están cifrados en euros como en divisas, se deben efec- tuar a través de una entidad registrada, con las excepciones previstas en los artículos 6 y 7 del R.D. 1816/1991. 510370401 CURSOFORUM © La legislación básica que regula los movimientos, cobros y pagos entre residentes y no residentes son: a) R.D. 1816/1991 de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior. b) Orden del 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del R.D. 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior. c) Resolución de la Dirección General de Transacciones Exteriores de 7 de enero de 1992. 2.- Declaración. Es importante destacar que el residente debe realizar una declaración en relación con los cobros y pagos con el exte- rior. El residente deberá aportar a la entidad registrada las declaraciones e informaciones reglamentadas, y, en todo caso, el citado residente de- berá declarar su nombre o razón social, el domicilio del no residente, remitente o beneficiario del cobro/pago y el importe, moneda, país de origen o destino y concepto de la operación por la que se produce el cobro, pago o transferencia. La exigencia de esta declaración no será de aplicación a los co- bros, pagos o transferencias cuya cuantía no sea superior a 3.005,06 euros, siempre que no constituyan pagos fraccionados. Los cobros y pagos, transferencias, adeudos y abonos en cuenta, en euros o en divisas, abiertas en entidades registradas a nombre de personas físicas o jurídicas no residentes están sujetas a la declaración por parte del residente que efectúe el cobro, pago o transferencia de los datos relativos a la operación. Tal declaración se debe realizar ante las entidades registradas a través de las que se efectúen los cobros/pagos, con los datos especifi- cados en el artículo 5, punto 3, del R. D. 1816/1991, sobre transaccio- nes económicas con el exterior. En caso de pagos y transferencias al extranjero, la citada decla- ración deberá efectuarse por escrito, debidamente firmada, con ante- rioridad a la ejecución del pago o transferencia. 52 0370401 CURSOFORUM © Si la operación es de extremada urgencia, se puede posponer la presentación de esta declaración anticipada y realizarla en el plazo de los quince días siguientes a su ejecución. Existen otra serie de operaciones realizadas por los residentes que estén sometidas a declaración. Se deben declarar ante el Banco de Es- paña: a) Los préstamos financieros recibidos de no residentes u otorgados a no residentes. b) La financiación y aplazamiento de cobros y pagos superiores a un año, derivados de operaciones comunes o de prestación de servicios. c) Las compensaciones de créditos y cobros que se efectúen entre residentes y no residentes por operaciones comunes o de prestación de servicios. d) Las compensaciones de créditos y cobros que se efectúen entre intermediarios financieros. 3.- Entrada y salida de dinero de España. La salida de España de billetes de banco, moneda metálica y cheques bancarios al porta- dor está autorizada, tanto si es en euros como en moneda extranjera. La salida hasta 6.010,12 euros es absolutamente libre por persona y viaje. Cuando sea superior a dicha cantidad, e inferior a 30.050,61 euros, está sujeto a declaración. La declaración de salida de dinero se deberá realizar bien en la aduana de salida, bien en la entidad registrada donde se adquirieron los medio de pago o bien directamente en el Banco de España cuando el importe sea superior a 6.010,12 euros e inferior a 30.050,61 euros. Cuando la salida sobrepase esta cantidad, es necesaria la autori- zación aduanera de la Dirección General de Transacciones Exteriores. Por su parte, la entrada en España de billetes, moneda metálica y cheques bancarios al portador es libre. 550370401 CURSOFORUM © 3º) Los riesgos que se cubren y por cuenta de quién corren En el contrato de compraventa deben quedar establecidos qué ries- gos cubre, que son fundamentalmente los inherentes al propio transporte de la mercancía, así como quién se hace cargo de los posibles gastos ocasionados por algún incidente comprendido en dichos riesgos. 4º) La moneda de la transacción La elección de la moneda en la cual se realizará la transacción comercial internacional es libre y será producto de una negociación entre importador y exportador. En esta negociación se impondrá el criterio de aquél que posea el mayor poder comercial, aunque lógicamente tan- to importador como exportador querrán que la operación se liquide en su propia moneda, ya que así eluden el riesgo cambiario. Sucede que una de las partes tiene que asumir este riesgo, aunque existe la posibilidad de utilizar una tercera divisa más estable que las otras dos, con lo cual el riesgo se divide entre ambas partes. 5º) La forma de pago La forma de pago significa «cuándo» se realiza el mismo. Hay tres posibilidades: - Antes de recibir la mercancía. En este caso, el importador está financiando al exportador. Es una práctica poco usual en el Comercio exterior. - En el momento de recibir la mercancía. Este supuesto también se da muy pocas veces en el Comercio Internacional, salvo cuando la operación se liquida mediante crédito documentario. - Con posterioridad a la recepción de la mercancía. En este caso es el exportador quien está financiando al importador, y es la forma de pago más usual. 6º) El medio de pago Se entiende por medio de pago, el instrumento mercantil a través del cual se liquida una operación de Comercio Internacional. La elec- ción del medio más adecuado ha de negociarse entre las dos partes que intervienen en la operación: el exportador y el importador. 56 0370401 CURSOFORUM © El resultado de esta negociación quedará recogido en el contrato de compraventa. Los medios de pago más frecuentemente utilizados, ordenados de mayor a menor seguridad de cobro para el exportador son: - Crédito documentario. - Orden de pago documentaria. - Remesa documentaria. - Remesa simple. - Orden de pago simple. - Cheque bancario. - Cheque personal. - Transferencia bancaria. - Billetes de banco. - Tarjetas de crédito. Todos ellos serán estudiados con detenimiento en el módulo 2. 7º) Legislación aplicable En los contratos de compra-venta internacional se suele aplicar la legislación del país del vendedor, pues es el que corre mayores riesgos de enviar la mercancía y no ser reembolsado. Cuando la operación comercial presente mayor complejidad se suele acudir al Arbitraje Comercial Internacional. 8º) Los documentos a expedir u obtener por parte del exportador Los documentos tienen una importancia crucial en las operacio- nes de comercio internacional, especialmente aquellas que se liquidan a través de medios de pago documentarios. 570370401 CURSOFORUM © Los documentos son los que permiten al importador hacerse car- go de la mercancia, por ello su elección es de vital importancia. Podemos realizar una clasificación general de los documentos en: 1.- Financieros: letras de cambio, pagarés, recibos, etc. 2.- Comerciales: Se dividen a su vez en: - Documentos de transporte. Que dependen del sistema de trans- porte utilizado: • Por carretera: la carta de porte, CMR (contrato de transporte internacional por carretera). Representa la existencia de un contrato de transporte. No es un título de propiedad. En la carta de porte deben aparecer identificados el remitente, el destinatario, el transportista, la mercancía, la forma y condiciones de envío y el lugar. • Por vía aérea: la carta de porte aérea, AWB (Air Way Bill). Permite despachar la mercancía. Suele ser nominativa, por lo tanto no endosable. • Por ferrocarril: el talón de ferrocarril, CIM (contrato de transporte internacional por ferrocarril). Similar a la carta de porte. Deben figurar la estación de destino, el nombre y la dirección del destinatario, la denominación y el peso de la mercancía, el nombre y la dirección del expedidor, etc. • Por barco: el conocimiento de embarque, BL (Bill of Lading). Es fundamentalmente un contrato de transporte, aunque también es un título de crédito y un recibo del estado de las mercancías en el momento del embarque. Es expedido por el transportista y puede ser emitido al portador, a la orden o nominativo. - Documentos de seguro. Fundamentalmente, existen dos: • Pólizas de seguro: cubren los riesgos expresamente pactados para el transporte de una mercancía concreta. 60 0370401 CURSOFORUM © La elaboración de los INCOTERMS data de 1936, habiendo sufrido posteriormente diversas revisiones. Actualmente está en vi- gor la edición de 1990 de la Cámara de Comercio Internacional. El objetivo de los INCOTERMS consiste en delimitar tanto el lugar de entrega como los gastos y riesgos consecuentes. Se trata de fijar un punto en el que el exportador entregue la mercancía jurídi- camente (suele coincidir con la entrega física al transportista) a par- tir del cual queda libre de gastos; éstos habrán quedado incluidos en el precio pactado según ese INCOTERM; y libre de los riesgos que puedan ocasionarse sobre las mercancías. Clasificación de Incoterms Actualmente existen trece INCOTERMS, de los cuales sobre- salen dos: - FOB: (Free on board). Es decir, libre de carga, o franco a bordo. El vendedor cumple su obligación de entrega cuan- do la mercancía ha sobrepasado la borda del buque, en el punto convenido. El valor del bien F.O.B. coincide con el coste del bien a bordo del barco en el puerto de embarque. Por tanto, la modalidad F.O.B. no incluye en el precio de la operación exportadora el coste de los seguros y los fletes. - CIF: (Cost, Insurance and freight). Esto es, coste, seguros y fletes. El precio C.I.F. coincide con el coste del bien en el puerto de entrada. Por tanto la modalidad C.I.F. incluye en el precio de la transacción el coste de los seguros de cober- tura de los riesgos por pérdida o daño de la mercancía du- rante el transporte, y los fletes internacionales, por cuenta del vendedor a resultas de lo cual, el precio C.I.F. es supe- rior al precio F.O.B. Más allá de la diferencia contable, ambas modalidades refle- jan diferencias económicas: quién se hace cargo de los costes y ries- gos de las operaciones de flete y aseguramiento. En última instancia, esta cuestión se decidirá de acuerdo con el poder negociador de las partes compradora y vendedora. 610370401 CURSOFORUM © Este mismo poder negociador determinará qué parte saldrá beneficiada con la aplicación de una u otra variante, puesto que ha- cerse cargo de los seguros y fletes implica hacerse cargo además de una operación (exportación o importación de servicios) que puede interesar, por diversos motivos, al comprador y al vendedor. España utiliza la modalidad F.O.B. en la contabilidad de las exportaciones en la Balanza de Pagos, mientras que para contabili- zar las importaciones en la Balanza de Pagos, emplea la modalidad C.I.F. Además de estos dos, podemos trabajar con los siguientes INCOTERMS: • EXW. (Exworks): En fábrica. Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entre- ga cuando ha situado la mercancía en su propio establecimiento. • FCA. (Free Carrier): Franco transportista. El vendedor cumple su obligación de entregar la mercancía cuando la ha puesto, una vez despachada en la aduana para la ex- portación, a cargo del transportista que trabaja para el comprador, en el lugar o punto fijado. • FAS (Free Alongside Ship): Franco al costado del buque. Significa que el vendedor cumple con su obligación de entre- ga cuando la mercancía ha sido colocada al costado del buque, so- bre el muelle o en barcazas, en el punto de embarque convenido. •CFR (Cost and Freight): Coste y flete. Los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al punto de destino convenido corren por cuenta del vendedor. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos ocurridos después del momento en que la mercancía haya sido entregada a bordo del buque, se trans- fiere del vendedor al comprador cuando la mercancía traspasa la borda del buque en el punto de embarque. 62 0370401 CURSOFORUM © • CPT (Carriage Paid To... ): Transporte pagado hasta... Significa que el vendedor paga el flete del transporte de la mer- cancía hasta el destino que se mencione. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía ha sido entregada al primer transportista. • CIP (Carriage and Insurance Paid To... ): Transporte y se- guro pagados hasta... El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo C.P.T., pero además ha de conseguir un seguro para la carga contra el ries- go de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. • DAF (Delivered at Frontier): Entregado en frontera. El vendedor cumple su obligación de entrega cuando deposita la mercancía, despachada en aduana para la exportación, en el punto y lugar convenidos en la frontera, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. • DES (Delivered ex Ship): Entregada sobre buque. Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino convenido, sin despacharla en la aduana para la importación. •DEQ (Delivered ex Quay): Entregada en el muelle. El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha pues- to la mercancía a disposición del comprador sobre muelle, en el puerto de destino convenido, despachada en aduana para la importación. Si las partes desean que el comprador despache en aduana la mercancía para la importación y pague los derechos, deben utilizar- se las palabras duty unpaid (derechos no pagados). • DDU (Delivered Duty Unpaid): Entregada derechos no pagados. 650370401 CURSOFORUM © Estudio de las potencialidades de la empresa La exportación no depende tanto de la dimensión de la empresa, como de la estrategia y de las políticas diseñadas y llevadas a término por los responsables ejecutivos de la firma. No obstante, es recomenda- ble que la empresa conozca y valore sus potencialidades y debilidades, a fin de abordar los mercados exteriores en la mejor disposición posi- ble. Vamos a examinar los medios disponibles, que junto con las polí- ticas y las estrategias complementan la base firme de la posible exporta- ción. - Lo primero que debe hacer la empresa es definir con exactitud qué parte de la producción desea ofertar a los mercados exte- riores. Para ello es imprescindible determinar cualitativa y cuan- titativamente los plazos de entrega y los costes de producción. - En segundo lugar, deberá analizar la cantidad y vigencia del producto. Deberá constatar si la tecnología es adecuada y pres- tar una atención continua a la relación calidad/precio. - Otro aspecto fundamental es el análisis de los fondos financie- ros. Se debe plantear la capacidad máxima de financiación dis- ponible, para hacer frente a: • Inversiones en el sistema productivo para modificaciones de maquinaria que permitan aumentar la producción y/ o modificar el producto. • Gastos: de compra de materias primas para la producción, de mano de obra directa e indirecta, transportes, equipos, subcontratas, etc., así como gastos generales. • Costes de exportación: promoción de ventas (catálogos, asistencia a ferias internacionales, estudios de mercado, etc.), localización de un agente o distribuidor y los gastos de publicidad. Condiciones para la exportación que deben reunir las empresas 66 0370401 CURSOFORUM © - Uno de los aspectos más difíciles de evaluar, pero impres- cindible para la exportación, es: el elemento humano, cuyo perfil debe ser adecuado a cada nivel: • Aspectos empresariales. • Dirección financiera. • Dirección técnica. • Dirección comercial. • Dirección de recursos humanos. • Asesoría jurídica. • Etc. - Como corolario de los medios disponibles se encuentra la di- námica interna, esto es, la disposición de la dirección y de los principales ejecutivos tanto para la renovación constante como para la adaptación permanente a nuevas y cambiantes circunstancias. MEDIOS DISPONIBLES Producto: Fondos financieros: Elemento: -Tiempos -Capacidad -Humano -Plazos entrega -Máxima financiación -Técnico -Costes -Inversiones -Comercial -Tecnología -Gastos -Financiero -Rel.calidad/precio -Costes de exportación -Empresarial DINÁMICA INTERNA 670370401 CURSOFORUM © Tamaño y perfil de la empresa exportadora Es interesante analizar el perfil de las empresas exportadoras de los países de economía libre, en el entorno de los países industrializados o en vías de desarrollo. La relación entre el tamaño de la empresa y la actividad exporta- dora es una cuestión que ha suscitado el interés de un buen número de investigadores. Sin embargo, los numerosos estudios estadísticos no han sido siempre coincidentes. La pregunta que anima la realización de la mayoría de los es- tudios es si el tamaño de la empresa condiciona la actividad exportado- ra. La respuesta nos permitirá el diseño de una política exportadora e industrial eficaz. La opinión más generalizada es que hay una relación positiva y en doble sentido entre el tamaño de la empresa y su actividad exportadora: a medida que las empresas son más grandes aumenta su probabilidad de exportar y aumenta su esfuerzo exportador. Normalmente se aprecia la ley del 20/80, es decir, que el 20% de las empresas realizan el 80% de la exportación, y que la exportación aumenta en relación directa con el tamaño de la empresa (pequeña, mediana o grande). Las razones de esta situación favorable a la gran empresa pueden ser: - Factores de tipo tecnológico; relacionados con la capacidad de la gran empresa para aprovechar las economías de escala. Las economías de escala siempre han estado asociadas a las ga- nancias del comercio. - Mayor capacidad de la gran empresa para absorber los cos- tes derivados de la actividad exportadora: investigación de mercados, creación de redes de distribución y comercialización, actividades de promoción y marketing, contratación y transporte, etc.
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