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validez de los actos administrativos, Apuntes de Derecho Administrativo

Asignatura: Administrativo I, Profesor: Francisco puerta, Carrera: Derecho, Universidad: UCLM

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 07/03/2015

sara-menor-martin
sara-menor-martin 🇪🇸

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¡Descarga validez de los actos administrativos y más Apuntes en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity! Nulidad de pleno derecho - cuando el acto administrativo lesione derechos fundamentales o libertades publicas -incopetencia por razon de territorio o por razon de materia -acto de contenido imposible -acto constitutivo de infraccion penal o cuando se dictan como consecuencia de ella -se dicta prescindiendo de procedimiento legalmente establecido -no se respetan las normas de conformacion de voluntad de los organos colegiados -actos expresos o presuntos que se adquieren de facultades o derechos -cuando la ley asi lo establezca efectos de los actos nulos -carece de fectos desde el principio,desde que se dicta (ex tunc) -el vicio es insubsanable -se puede impugnar en cualquier momento Anulabilidad de los actos administrativos Los actos que tinen defectos meramente anulables.Son anulables los actos -suponen una infraccion del ordenamiento juridico inlcuido la desviacion de poder -tien un defecto de forma y esto supone indefension ,como la falta del pie de recurso en el acto -vicio cuando afecta al plazo se exige que ese plazo sea esencial efectos de los actos meramente anulables producen efectos en la efera del particular hasta que esta reitera los oportunos recursos (impugancion administrativa) irregularidades no invalidantes Son en supuestos los vicios carecerian de trascendencia anulatoria.hay tres upuestos de subsanacion 1.Convalidacion (art 67 ley 30/92) solo es posible en los actos meramente anulables,solo la incopetencia jerarquica. cuando el organo competente no es el que resuelve sino uno inferior,se subsana resolviendo el organo competente. cuando falta la autorizacion del organo competente,se subsana con la autorizacion necesaria 2.Conversion es una tecnica poco habitual. Consiste en que el acto nulo como anulable se convierta en otro distinto si tiene elementos que asi lo permiten. 3.Conservacion Se aplica tanto a los actos nulos como a los meramente anulables. consiste en conservar la parte de los actos o tramites si hubiere permanecido igual si se hubiere realizado bien. se conserva los actos independientes del acto que padece el vicio y de las partes del acto indenpendientes de la viciada.
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